Cómo disculparse por ser miembro de la junta directiva de las elecciones municipales de 2016

Si fuiste miembro de la junta directiva de las elecciones municipales de 2016, aquí te explicamos cómo puedes disculparte si tienes motivos de fuerza mayor que te impidan cumplir con la función. Pueden presentar excusas y exclusiones ante el Consejo Electoral que lo nombró.
COMPRUEBE AQUÍ SI HA SIDO SELECCIONADO PARA SER VOCAL EN LA MESA
CÓMO EXCUSARSE POR SER MIEMBRO DEL CONSEJO EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES DE 2016
A partir del lunes 3 de octubre, tendrá tres días hábiles para emitir disculpas y exclusiones. Según lo indicado por el Servicio Electoral, los Consejos Electorales se reunirán en estos días a partir de las 9:00 a.m. para conocer los motivos de las ausencias.
Aunque es posible excluirse del trabajo, no todas las razones son aceptables. La Ley 18 700 establece que las causas de la ausencia deben formularse por escrito.
Revisa las excusas:
- Ser mayor de 70 años.
- Estar en el extranjero oa más de 300 kilómetros del lugar de votación.
- Tener una discapacidad física o mental.
- Trabajadores hospitalarios en servicio que desempeñen las funciones de la Ley 18.700 del voto popular en el mismo horario.
- Embarazada 24 semanas después del parto.
Además de las excusas, están los que quedan exentos por el cargo que establece la Ley 18.700 como aquellos que NO PUEDEN SER CONSEJEROS en un proceso electoral:
- Personas que ocupen cargos elegidos por sufragio universal como Presidente de la República, parlamentarios, alcaldes y concejales.
- Cónyuges, padres consanguíneos o emparentados en toda línea recta (hijo, nieto, padre, madre, abuelo) y en garantía hasta segundo grado inclusive (hermanos). (Lo mismo se aplica) con respecto a los familiares del esposo o la esposa (suegros, hijos, cuñados, es decir, hermanos y hermanas del cónyuge).
- Extranjeros (aunque tengan derecho a voto), ciegos, analfabetos y condenados por delitos regulados por las leyes electorales.
- Ministros, subsecretarios, alcaldes, gobernadores, asesores regionales, la Contraloría General de la República, jefes superiores de departamento y secretarios ministeriales regionales.
- Magistrados judiciales, magistrados judiciales y magistrados de la policía local, fiscales del Ministerio Público.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye el personal administrativo de estas ramas).
Una vez presentadas y aceptadas las disculpas, el Consejo Electoral deberá elegir a los suplentes, quienes serán anunciados el jueves 8 de octubre. A diferencia del primer pago, los suplentes no tendrán tiempo de disculparse. Las personas seleccionadas que no puedan asistir deben presentar sus pruebas o certificados más tarde en el tribunal de policía local cuando se les cite.
MULTAS?
Si alguien es elegido administrador y planea no asistir el 23 de octubre, corre el riesgo de ser denunciado por el Consejo Electoral y sancionado con una multa por beneficio municipal que varía entre 2 y 8 UTM (es decir, entre $ 92.998 y aproximadamente $ 367.992), según el artículo. 138 de la ley n ° 18.700.
No obstante, si un funcionario electo considera que tiene un motivo que justifica su ausencia de la constitución de su cargo el día de las elecciones, deberá conservar el certificado que acredite su situación para presentarlo al Juzgado de Policía Local cuando sea convocado.
Si tiene alguna pregunta, el Servel pone a su disposición un centro de atención telefónica (800 366 400) que puede consultar de forma gratuita.
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