Cómo evitar el impuesto a la herencia en Chile

Cuando recibes una herencia, así sea pues te es conveniente o bien pues el fallecido te la dio, muchos son los pasos que debes proseguir para recibirla. Uno de ellos es el pago del impuesto de sucesiones, que, aunque está previsto en la ley, tiene ciertas exenciones a fin de que puedas eludir pagarlo.

Pero para ahondar en la información sobre este tema y de este modo aclarar cualquier duda que puedas tener, en el presente artículo comenzaremos explicando exactamente en qué consiste este impuesto. También, vas a saber en qué momento debes pagarlo y cuánto debes abonar en función de los recursos heredados.

Por último, aclararemos las situaciones en las que, en dependencia de lo que dicte la ley, se puede eludir abonar el impuesto de sucesiones. Por consiguiente, lea este artículo hasta el final a fin de que pueda aclarar toda la información sobre este esencial tema.

¿Qué es el impuesto a la herencia?

Una herencia se define como todos y cada uno de los recursos, derechos y obligaciones que se trasfieren a una persona tras la muerte de un padre o bien familiar. Desde este momento, a fin de que el heredero pueda gozar de su herencia, va a deber efectuar una serie de trámites, incluyendo el pago del impuesto de sucesiones.

Este impuesto sobre sucesiones es un trámite fundamental que, en verdad, está contemplado en la ley de impuestos sobre sucesiones, transmisiones y donaciones. Dicho impuesto se cobra sobre el valor total de la propiedad o bien regalo recibido, conforme con un baremo establecido en la Ley (detallaremos este cálculo ahora).

Lo que, si es esencial que sepas ahora, es que la cantidad que debas abonar va a depender de la relación que tengas con la persona fallecida. Por consiguiente, cuanto más cerca esté del fallecido, mayor va a ser el impuesto de sucesiones que deberá abonar.

Además, siendo un impuesto progresivo, cuanto mayor sea el valor del inmueble a heredar, mayor va a ser la tasa que se aplica para calcularlo. Ahora, en lo que se refiere a la formalización del pago, va a depender de si el fallecido dejó testamento o bien no.

Entonces, si dejo un testamento, debe llenar el Formulario cuatro mil cuatrocientos veintitres para la Declaración Intestada y Pago de Herencias y mandarlo on-line al Servicio de Impuestos Internos (SII). Más tarde, vas a recibir una notificación de la Agencia a fin de que puedas venir a efectuar el pago.

Si no dejó testamento, va a deber asistir al registro civil y pedir la posesión eficaz, acreditar que es heredero lícito y después efectuar el trámite ya antes citado.

Cuándo abonar el impuesto a la herencia

De pacto con las disposiciones de la ley, los herederos tienen hasta dos años desde la muerte del familiar para abonar el impuesto a la herencia. Este impuesto va a deber pagarse cuando el valor liquidativo de la herencia supere la cantidad fijada por la ley conforme el grado de parentesco entre el fallecido y el heredero.

Por lo que ese impuesto sobre sucesiones debe pagarse en los próximos casos:

  • Si el heredero está relacionado directamente (cónyuges, progenitores, madres o bien hijos) va a deber abonar este impuesto cuando el patrimonio a heredar supere las cincuenta unidades tributarias anuales (UVA).
  • En el en caso de que los herederos sean tíos, primos, hermanos o bien abuelos del fallecido, van a deber abonar el impuesto si los recursos recibidos superan las cinco unidades tributarias anuales (AWU).

Sin embargo, es esencial indicar que, al abonar el impuesto a la herencia, existen diferentes condiciones para determinar si un activo sobrepasa o bien no las unidades tributarias anuales establecidas. Por esta razón, los mencionaremos a continuación:

  • Si el predio consta de propiedad agrícola y no agrícola, el monto de las UTAS se determinará conforme con el cómputo fiscal del semestre a lo largo del como murió la persona.
  • En el caso de acciones o bien valores, se tendrá presente el valor medio de los últimos seis meses ya antes de la muerte.
  • Si se marcha a heredar un vehículo, se tendrá presente la tarifa establecida por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
  • En el en caso de que la herencia consista en deudas, las UTAS se determinarán conforme el valor registrado al instante del fallecimiento.
  • En el caso de depósitos, préstamos o bien fondos de pensiones, se debe tomar en consideración el valor indicado en el documento que los sosten.

Cuánto abonar por el impuesto a la herencia

Para saber cuánto abonar el impuesto de sucesiones se deben tomar en consideración dos factores. El primero de ellos es el monto en unidades tributarias de la propiedad a heredar y el segundo es la relación entre el fallecido y el heredero.

Por lo que, ahora, mencionaremos de forma general el importe del impuesto a la herencia a abonar en todos y cada caso, empezando por las unidades fiscales:

  • Si el valor del patrimonio se halla entre 0,1 y novecientos sesenta unidades tributarias mensuales (UTM), se va a aplicar un impuesto del 1%.
  • Entre novecientos sesenta.01 y mil novecientos veinte UTM, se va a cobrar un impuesto del dos.5%.
  • Si el valor está entre mil novecientos veinte.01 y tres mil ochocientos cuarenta UTM, se va a cobrar el cinco%.
  • Entre las tres mil ochocientos cuarenta,01 y las cinco setecientos sesenta UTM, el impuesto a abonar va a ser del siete con cinco%.
  • Si el valor de la herencia se halla entre quinientos setenta y seis mil uno y siete mil seiscientos ochenta UTM, se va a deber abonar el diez%.
  • Entre siete mil seiscientos ochenta.01 y nueve mil seiscientos UTM el monto a abonar va a ser del quince%.
  • Si el valor de la herencia se halla entre novecientos sesenta,01 y catorce mil cuatrocientos cuarenta UTM, se va a deber abonar el veinte%.
  • Finalmente, desde UTM 14,440.01, el valor del impuesto va a ser del veinticinco%.

Ahora bien, a esta cantidad se le debe sumar un recargo auxiliar que va a depender de la relación que tenga el fallecido con los herederos o bien herederos. De forma que, la cantidad que se debe sumar es la siguiente:

  • Si la relación es directa, añada un cinco%.
  • Si los herederos son hermanos y hermanas, primos, tíos, sobrinos o bien abuelos del fallecido, se debe sumar el veinte%.
  • Si son familiares lejanos o bien, en su defecto, si no son parte de la familia, se debe sumar el cuarenta%.

Cómo eludir abonar el impuesto a la herencia

A pesar de lo precedente, es esencial indicar que existen casos establecidos en la ley en los que es posible eludir el pago del impuesto a la herencia. Estos casos son los siguientes:

  • Cuando la herencia dejada es de beneficencia pública, los ayuntamientos o bien fundaciones del país son responsabilidad del Estado.
  • Legados que contribuyen a cualquier avance científico del país.
  • Aquellas destinadas a nutrir a una o bien más personas a las que el fallecido tenía la obligación de nutrir conforme con la Ley.
  • Estas reliquias que se hacen para la construcción o bien mantenimiento de iglesias en el país.
  • Herencias que no superen los seis mil pesos.
  • Vivienda social establecida por decreto de forma fuerte de ley dos (DFL dos).
  • Son herencias de pequeña cuantía establecidas por la costumbre y que se hacen a personas protegidas por la ley.
  • Donaciones efectuadas para progresar o bien edificar espacios recreativos que favorezcan a comunidades de todo el país.
  • Misiones para progresar o bien edificar centros de salud para los ámbitos más frágiles del país.
  • Legados que contribuyen al desarrollo deportivo y cultural del país.

Como puede ver, conforme a lo establecido en la ley, con independencia del monto a heredar, existen ciertas exenciones para eludir el impuesto a la herencia en Chile. Por consiguiente, si todo esto te ha quedado claro, y ya has podido aclarar las dudas que tenías a este respecto, prosigue leyendo este weblog.

Asimismo, comparte esta información y recomiéndanos a más personas a fin de que puedan aprender de nuestros artículos. Tal vez te interese el próximo tema: Qué es el impuesto sobre la renta en Chile.

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