¿Cómo puedo solicitar la bonificación de emergencia si no soy un beneficiario automático?

A partir del 20 de mayo puedes consultar con tu RUT si eres beneficiario, si no estabas en nómina puedes solicitarlo de la misma forma, a continuación te explicamos cómo.

Importante: Descubra quién recibe el pago automático de IFE sin tener que solicitar AQUÍ.

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Cómo solicitar el bono de emergencia 2020:

1. Debes ingresar tu Registro Social de Hogares AQUÍ. O si ya tienes tu registro no olvides actualizarlo, para eso no necesitas una contraseña única y puedes hacerlo a través de la navegación gratuita.

Es muy importante que actualices tus ingresos para los meses de emergencia en tu registro y adjuntes documentos acreditativos, como indemnización en caso de cesantía, certificado de pensión, etc.

2. Para cobrar la primera, segunda y tercera aportación, las solicitudes finalizaron el 30 de mayo de 2020. Usted o cualquier miembro adulto del hogar al que pertenezca puede solicitar la asignación hasta el 9 de julio para recibir el pago de la segunda, tercera y cuarta aportación de la Renta Familiar de Emergencia. Si no se solicita dentro de este plazo, la solicitud de beneficio se relacionará con la tercera y cuarta aportación de Ingreso Familiar de Emergencia, en cuyo caso tiene hasta el 8 de agosto. Pasada esta fecha, el último plazo para solicitar el cuarto pago del IFE finaliza el 7 de septiembre. En el caso de que por causas de fuerza mayor no pueda enviar su solicitud al IFE dentro de este plazo, podrá solicitar una prórroga especial de 10 días hábiles adicionales.

Importante: Una vez vencidos los plazos máximos para solicitar el pago de aportes de Renta Familiar de Emergencia, dichos aportes serán cancelados. Por ejemplo, si usted o un miembro adulto de su hogar presenta una solicitud después del 9 de julio, ya no podrán reclamar el segundo pago de beneficios, excepto el tercero y el cuarto.

3. Al recibir su solicitud ante el IFE, se revisará la información sobre sus ingresos y los de otros miembros de su hogar para calcular su situación de emergencia.

4. Para las solicitudes realizadas antes del 30 de mayo de 2020, el resultado de la solicitud se notificará el 10 de junio de 2020. Para las solicitudes realizadas en junio, el resultado se notificará el 10 de julio de 2020.

El pago automático del segundo aporte se realizará el 25 de junio, con el incremento vinculado a la nueva ley.

Si cumples con las condiciones y no has aplicado hasta ahora, puedes postular antes del 29 de junio y podrás recibir el pago el 10 de julio, si postulas hasta el 9 de julio, recibirás el pago el 28 de julio.

5. Si el resultado de su solicitud al IFE no refleja adecuadamente su situación de ingresos, puede solicitar su revisión actualizando dicha información y adjuntando la documentación necesaria, hasta 10 días hábiles después de reportar el resultado de su solicitud, haciendo clic en aquí.

6. Recuerda que puedes formar parte de un grupo de beneficiarios a los que se les devolverán estos ingresos de forma automática, sin tener que solicitarlo. Consulta AQUÍ todos los detalles del bono de emergencia.

7. Si has solicitado el subsidio y no te ha sido otorgado, ahora puedes cumplir con las nuevas condiciones, para esto no necesitas hacer una nueva solicitud, si eres beneficiario con las nuevas condiciones, recibirás su respuesta y pago el 10 de julio.

¿Se deben solicitar ingresos de emergencia mensualmente?

No, solo hay que solicitarlo una vez para acceder a las aportaciones previstas por la Renta Familiar de Emergencia. Se entregan un máximo de cuatro aportaciones, una por cada mes. Esto significa que, si se solicita dentro de los primeros 10 días posteriores a la activación de la plataforma, no es necesario volver a solicitarlo para las contribuciones del segundo, tercer y cuarto mes. A partir de ahora, si se solicita después de estos 10 días, solo se recibirán las contribuciones segunda, tercera y cuarta. Finalmente, en el caso de una solicitud después de 50 días, solo se recibirán las contribuciones tercera y cuarta.

¿Cómo y cuándo se le notificará si se ha concedido o denegado el IFE?

Una vez que haya solicitado el beneficio, se le notificará la aceptación o rechazo dentro de los 30 días calendario a partir de la fecha en que realizó la solicitud. Esta información llegará al miembro del hogar que hizo la solicitud.

Solicite su Bono de Emergencia 2020 AQUÍ

Más detalles sobre los pagos y montos del Bono de Emergencia

Para más información:

Puedes contactar:

  • 101 (ChiliAtiende)
  • 800 104 777 (Ministerio de Desarrollo Social y Familia)

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