En Chile, las aguas tienen un régimen mixto que combina lo público y lo privado. Como recurso natural, las aguas pertenecen a la nación y pueden ser usadas por sus habitantes. No obstante, los particulares asimismo pueden aprovechar las aguas de forma exclusiva, a través de un derecho administrativo, a través de el que consiguen la propiedad de empleo y goce.
A continuación, le mostramos qué es este derecho y de qué forma puede pedirlo.
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¿Qué es el derecho al empleo del agua?
El derecho al empleo del agua es un derecho administrativo, que da a su titular el disfrute y predisposición exclusivos. El empleo se efectúa conforme la cantidad de agua por unidad temporal pactada conforme a la ley. Para beneficiarse de este derecho, debe llenar un trámite administrativo.
Esto se puede efectuar a lo largo de todo el año en la página web y en las oficinas de los partidos de la Dirección General de Agua (DGA). Asimismo puede hacerlo con el gobierno provincial (si no hay una oficina de la DGA) en la urbe donde se halla la toma de agua.
En cuanto a su contenido, el derecho al empleo del agua tiene ciertas peculiaridades que debes conocer:
- En cuanto a su consumo, puede ser:
- Consumidor: Si autoriza a su dueño a consumir absolutamente el agua.
- No consumibles: si esto requiere que los devuelva a su fuente de obtención una vez usados.
- En cuanto a su obtención será:
- Ejercicio permanente: Si deja la extracción regular del volumen total autorizado de agua.
- Posible: Si la cantidad pactada se conseguirá solo en tiempos en los que exista un sobrante.
- En cuanto a la frecuencia de empleo, será:
- En curso: Si el dueño puede emplear las aguas a lo largo de todo el día.
- Descatalogado: si lo emplea en ciertos instantes.
- Alterne entre múltiples personas: si se alternan.
¿Qué necesito para efectuar el procedimiento?
Para efectuar su petición, estos son los requisitos:
- Fotocopia del documento de identidad (actual).
- Un plano de localización.
- Dos peticiones de empleo (dirigidas al Directivo General de Agua) si se hace en persona. Si el trámite se efectúa a través del sitio, presentará una copia. Estas peticiones deben contener cuando menos la próxima información:
- Datos que dejen identificar al solicitante: Nombre, RUT, estado civil, dirección, correo, teléfono, etc.
- Nombre de la celda (canal) de las aguas que quiere emplear. Como su naturaleza, localización y recorrido.
- Cantidad de agua que se marcha a emplear, expresada en medidas de volumen y tiempo (l / s, m³ / s, etc.).
- Uso que se le va a dar al agua pedida.
- El (los) punto (s) donde va a recoger el agua.
- El procedimiento de extracción que vas a emplear (gravedad o bien mecánico).
- Debe precisar si la naturaleza del derecho es frecuente con o bien sin consumo. Como su ejercicio, así sea permanentemente o bien temporal. Respeta la frecuencia de empleo si va a ser durante el día, en ciertos horarios o bien en equipo. Si el derecho de empleo es no consumidor, señalará el punto de retorno del agua, la distancia y el desnivel entre la captación y el retorno.
- Si la petición la efectúa una persona jurídica, va a deber presentar los próximos documentos (original o bien copia notariada):
- Certificado de vigencia de la compañía.
- Poder conferido al representante legal.
Consideraciones Generales
Hay ciertas consideraciones que no se cuentan en los requisitos para efectuar el procedimiento, mas son fundamentales y debe tenerlas en consideración. Esto es debido a que la omisión de alguno de ellos puede provocar un retraso en tu proceso e inclusive el rechazo de todo el proceso.
- Si efectúa el trámite on line, los documentos han de estar en formato PDF.
- Debe mandar 6 resúmenes de la petición separadamente, que se emplearán en publicaciones de medios impresos y estaciones de radio.
- Las peticiones deben publicarse una vez en un diario oficial, un diario del área metropolitana o bien un diario provincial o bien capital de la zona. Esta publicación debe efectuarse en los treinta días hábiles siguientes a la data de su petición. Asimismo debe trasmitir la petición cuando menos 3 veces en una estación de radio que brinde el servicio donde se hallan los puntos de atrapa de su petición. Esto asimismo debe hacerse en los treinta días hábiles desde la data en que efectuó la petición.
- Si el flujo pedido sobrepasa lo establecido en la normativa, va a deber anexar un informe explicativo. Vas a explicar la cantidad de agua que precisas extraer, dependiendo del empleo que se le dé. La exposición de motivos se presentará como declaración jurada de la veracidad de la información facilitada. Tenga presente que su petición de derecho al empleo del agua va a ser rechazada si no anexa la exposición de motivos.
¿De qué manera llenar el trámite?
La petición de derechos de agua se puede efectuar de forma presencial o bien recóndita. Presencialmente en las oficinas de los partidos de la Dirección General de Agua o bien en el gobierno provincial (si no hay oficina de la DGA). Puede hacerlo de forma recóndita o bien on line en el sitio de la Dirección General de Agua.
Procedimiento on line
- Una vez que se hayan cumplido todas y cada una de las condiciones, haga click en «ir al procedimiento on line».
- Ya en el lugar de la Dirección General de Agua (DGA) Escoja la opción «Código Único».
- Ingrese sus datos identificativos:
- CLASE
- Llave unica
- Haga click en «autentificar».
- Seleccione la opción «Petición de derechos de empleo de aguas superficiales».
- Haga click en «comenzar el procedimiento».
- Una vez que haya descargado la guía en la información de comienzo de sesión, complete la próxima información:
- Ubicación administrativa.
- Los datos del demandante y del representante.
- Derecho solicitado
- Sitio
- Adjunte los documentos requeridos, revise el resumen de la petición y haga click en “enviar la solicitud”.
En las oficinas de la DGA o bien en el gobierno provincial
- Una vez que las especificaciones estén en regla, diríjase a la oficina de repuestos de la Dirección General de Agua (DGA). Este ha de ser el que corresponda a la provincia en la que se sitúa el punto de captación de agua. Si no hay una oficina de la DGA en esta urbe, puede comunicarse con el gobierno provincial.
- Explique el motivo de su visita.
- Envíe la petición.
- Envíe los documentos requeridos.
Observaciones finales
A partir de los quince días siguientes a la data de la última publicación, se efectuará una diligencia final. El titular de la petición o bien su representante va a deber presentar los justificantes que acrediten la publicación en los medios oficiales escritos y radiofónicos.
Cabe apuntar asimismo que, para conceder el derecho al empleo del agua, la DGA debe efectuar una investigación de la disponibilidad del recurso. Esto requiere cuando menos 2 inspecciones oculares en el punto de atrapa. Los costos generados por estos controles van a correr al cargo del interesado.
Es fundamental que al pedir los derechos de agua, preste atención no solo a los documentos, sino más bien asimismo a los lapsos. Nuestro objetivo es brindarle sugerencias prácticas y brindarle información de utilidad, conque no dude en visitar nuestro weblog.