Comprueba si tienes pagos pendientes para los años 2015-2016 del bono de trabajadora y la ayuda al empleo juvenil

Si eres adjudicataria de la Ayuda de Empleo Juvenil o bien de la Prima Trabajo Femenino y todavía no has recibido el importe del saldo anual efectuado en el mes de agosto, vas a poder recobrar tu pago.
El pago de los montos no cobrados se efectúa desde el jueves siete de diciembre de dos mil diecisiete a través de depósito en una cuenta RUT o bien pago en efectivo mediante las sucursales del Banco Estado o bien ServiEstado.
¿Cuáles son las cantidades no cobradas para dos mil quince y dos mil dieciseis?
Los montos no cobrados proceden de usuarios que, a lo largo del pago anual, no reciben el subsidio en efectivo en las sucursales de Banco Estado y ServiEstado.
Hay treinta y cinco con novecientos catorce adjudicatarios que no recibieron este beneficio en el pago anual de dos mil quince y dos mil dieciseis, lo que representa más o menos un cinco% en espera de cobro. El monto ya ha sido colectado por el noventa y cinco% del cosmos de adjudicatarios.
Estas sumas, después de tres meses de depósito en el banco y no cobradas por los usuarios, son devueltas a Sence, que procede a las acciones de redeposición de las “Cantidades No Cobradas”.
¿De qué forma se cobran los pagos pendientes de dos mil quince y dos mil dieciseis?
Para este proceso los métodos de pago son los siguientes:
DEPT IN RUT CUENTA
Cualquiera que tenga este procedimiento de pago actual va a ser depositado en la Cuenta RUT. O sea, cuentas que hayan sido empleadas cuando menos una vez a lo largo del semestre (esta información la da Banco Estado).
PAGO EN EFECTIVO
El dinero se depositará a quienes no tengan cuenta RUT o bien no cuenten con este procedimiento de pago actual, el que va a poder retirarlo en cualquier sucursal del Banco Estado o bien ServiEstado (BUSCAR AQUÍ)
¿Hasta en qué momento se pueden cobrar los pagos?
La data límite para retirar dinero del banco vence el cuatro de febrero de dos mil dieciocho. ¡No espere hasta el último minuto!
¿Qué ocurre con las cantidades no cobradas de años precedentes?
Este pago corresponde a los montos no cobrados del pago anual de dos mil quince y dos mil dieciseis. Para los llamados montos históricos no cobrados, o sea de dos mil nueve a dos mil catorce, se realizará un nuevo proceso que va a ser adecuadamente completado.
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