Consulta aquí las condiciones para recibir el Bono Mujer Trabajadora y SEJ y las preguntas frecuentes

Programas diseñados para recompensar el incentivo laboral de trabajadores y trabajadoras a través de una ventaja económica.
¿Cuáles son las condiciones para solicitar la Prima Trabajo Femenino y la Beca de Empleo Juvenil?
Los requisitos de la Beca de Empleo Juvenil (SEJ) y la Prima de Trabajo Femenino (BTM):
- Ser dependiente o autónomo con cotizaciones sociales y sanitarias actualizadas
- Reciba un ingreso bruto mensual de menos de $ 440,378 (impuestos incluidos) o un ingreso bruto anual de menos de $ 5,284,532. Al solicitar pagos mensuales provisionales, usted acepta reembolsar los sobrepagos debidamente ajustados resultantes de la re-liquidación anual del servicio.
- No trabaje en una institución o empresa estatal.
- No trabajar en instituciones públicas o privadas, cuyos presupuestos, durante uno de los dos últimos años naturales, hayan sido financiados en más del 50% por el Estado, directamente o mediante derechos o impuestos.
Además, en el caso de la Beca de Empleo Juvenil (SEJ), se debe cumplir la siguiente condición:
- El trabajador que cumpla o tenga 21 años debe haber obtenido una licencia de educación secundaria para acceder al subsidio (art. 11 ley 20.338).
PREGUNTAS FRECUENTES
1.- ¿Cuál es la fecha en la que se realiza el depósito del pago anual y la re-liquidación?
El proceso de pago anual y re-liquidación correspondiente a los ingresos recibidos en 2016 se llevará a cabo el 28 de agosto de 2017. Obtendrá el beneficio siempre que cumpla con las condiciones de pago solicitadas por el programa. Este pago se realizará mediante el medio de pago solicitado en su formulario de solicitud, es decir, mediante depósito en una cuenta bancaria o en efectivo a través de BancoEstado o ServiEstado.
2.- Si recibiera anticipos mensuales, ¿cuánto retiraría en el proceso de re-liquidación?
Los pagos mensuales constituyen anticipos del subsidio anual, por lo que quienes opten por esta modalidad quedan sujetos a un proceso de liquidación (art. 5 de la ley 20338), donde el monto del subsidio calculado anualmente se resta de todos los anticipos mensuales abonados. . durante el año. Este proceso puede resultar en un balance a favor o en contra.
3.- Si este año (2017) cumplí 26, ¿corresponde el pago del trámite anual y la re-liquidación?
Para el cómputo anual 2016 y el proceso de inversión del sujeto pasivo se tendrán en cuenta únicamente los meses en los que hayas cumplido la edad requerida, además de los requisitos de pago establecidos por las ayudas.
4.- ¿Cuáles son las rentas máximas que se tienen en cuenta para este pago anual de 2016?
Reciba un ingreso bruto mensual de menos de $ 440,378 (impuestos incluidos) o un ingreso bruto anual de menos de $ 5,284,532.
5.- ¿Puede un usuario que trabaja solo unos meses al año acceder al pago?
En el proceso de pago anual se analizarán todos los meses de 2016, verificando el cumplimiento de los requisitos de pago, como los ingresos brutos percibidos y el pago de aportes previsionales, entre otros. En consecuencia, el pago de los servicios solo se realizará por los meses durante los cuales el usuario haya cumplido las condiciones de pago.
6.- ¿Qué pasa si un usuario trabaja con tickets pagados? ¿Podrás recibir un pago anual?
Los trabajadores autónomos (boleto pagado) podrán acceder al pago anual, siempre que hayan abonado sus ingresos (n ° 2 del artículo 42 de la ley del impuesto sobre la renta), estos no exceden el monto límite establecido y tienen un cotización de pensión al día.
7.- ¿Cuál es el proceso para la restitución anual de servicios?
El proceso de renuncia es un proceso que se lleva a cabo con todos los usuarios que han optado por la modalidad de pago mensual durante el año 2016. Corresponde al análisis de los meses del período mencionado, verificando el cumplimiento de los requisitos de pago. Este proceso dará como resultado saldos a favor o en contra. Por ello, siempre se recomienda optar por el método de pago anual.
8.- ¿Recibiré un pago anual si he alcanzado el límite de edad durante el año calculado (2016)?
En el proceso de pago anual se analizarán todos los meses de 2016. No obstante, a efectos del pago de los servicios, solo se tendrán en cuenta los meses en los que el usuario haya cumplido la edad y las condiciones de pago.
9.- Si he dejado de cumplir con los requisitos de pago establecidos por el beneficio para usuarios de la modalidad mensual. ¿Recibiré un pago por reubicación?
En el proceso de pago anual se analizarán todos los meses de 2016, pero a efectos de pago solo se considerarán los meses en los que el usuario ha cumplido la edad y condiciones de pago. Este proceso dará como resultado saldos a favor o en contra. Por ello, siempre se recomienda optar por el método de pago anual.
10.- ¿Cuándo se paga la solicitud de prórroga por Niño y / o Educación, si el usuario ha cumplido 25 años en 2016?
Ambas extensiones se pagan anualmente, independientemente del método de pago elegido por el usuario. El plazo de solicitud de prórroga se incorporará al proceso de cálculo anual de 2016, verificando los requisitos de cada prórroga y los requisitos de pago.
11.- ¿Qué pasa con el pago anual, si el usuario estuvo en pre y post natal durante el año calculado (2016)?
Esta condición no afectará el pago de la prestación, siempre que se encuentre dentro de los límites de ingresos establecidos y las cotizaciones a la seguridad social estén al día, entre otras condiciones de pago.
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