Consulte AQUÍ si «olvidó» dinero en el banco

Cada año la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) da a conocer los montos de las sumas “olvidadas” por personas naturales o jurídicas depositadas en establecimientos bancarios.

En 2014, la cifra alcanzó los 28 mil millones de pesos, incluyendo 43,754 establecimientos y / o personas, en 20 establecimientos bancarios.

La SBIF te solicita cobrar tus deudas, en caso contrario, si las sumas involucradas no se cobran en un plazo de tres años, de acuerdo con la ley, pasarán a la Agencia Tributaria.

El proceso de emisión de la lista de personas y / o instituciones con créditos bancarios correspondientes a 2015 se iniciará desde la tercera semana de marzo hasta abril.

Marque aquí si olvidó algún dinero para el período 2013-2015

preguntas frecuentes

¿CÓMO SE COBRA UN CRÉDITO BANCARIO?

Cada propietario puede realizar las gestiones necesarias u obtener asesoramiento legal para ello.

Si el crédito es, por ejemplo, un comprobante registrado, el titular simplemente tiene que acudir al banco que reportó el crédito y con su cédula de identidad para cobrar los fondos por la ventanilla.

Cuando el crédito no está en su poder, debe emprender acciones legales para recuperar el título y hacer que el dinero sea ejecutable. En tales casos, puede ser necesario buscar el consejo de un abogado.

Dado que la información sobre las deudas bancarias está disponible públicamente, hay abogados que las consultan directamente con los bancos con meses de anticipación. Lo hacen y luego llaman o envían cartas a las personas de las listas para ofrecerles ayuda para regularizar estos activos a un costo que podría ser del orden del 20% del monto recomprado.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que solo ciertos reclamos requieren asistencia legal. En la mayoría de los casos, el propio propietario puede realizar el trámite de forma sencilla y sin pagos asociados.

¿CÓMO SÉ QUE UN CRÉDITO ME PARECE EFECTIVAMENTE SI EL NOMBRE LLEGA A MÁS PERSONAS?

Para verificar los datos, cada persona debe dirigirse al banco donde figura el crédito y ver más detalles.

¿QUÉ HACER SI FALLE EL BENEFICIARIO?

En estos casos, debes actuar igual que con cualquier otra herencia. En todos los casos, cada banco dispone de información sobre el trámite específico.

Asimismo, si en los datos aparece la palabra “herencia” seguida del nombre del beneficiario, significa que el dinero corresponde a los herederos del propietario.

-¿QUÉ PASA SI NO ANIMO EL CRÉDITO?

Si el dinero no se reclama dentro de los tres años, según la ley, irá íntegramente al tesoro.

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