Préstamo Solidario del Estado Clase Media: solicita el beneficio de tu RUT

Este es un apoyo que se entregará a través de la creación de un programa de préstamos subsidiados covid para la clase media, que compensará hasta en un 70% la caída en los ingresos.

  • Personas en situación de desempleo formal afiliadas al seguro de cesantía o con contrato suspendido por la ley de protección del empleo, así como empresas individuales reguladas por el SII que puedan justificar una caída significativa de sus ingresos (superior o igual al 30% mensual). anterior a la solicitud, es decir que si solicitó el préstamo bonificado en septiembre, el cálculo se realiza sobre la base de los ingresos del mes de agosto).
  • En el caso de los autónomos (empresarios individuales), para determinar la base de ingresos contra la que se determina la disminución de la misma, se considera el período base de ingresos comprendido entre el 18 y el 19 de septiembre.
  • Los trabajadores elegibles deben tener un ingreso superior a $ 400,000 por mes antes de la pandemia, según el estado de resultados de AT2020 (ingresos de 2019).
  • Los beneficios también se extienden a los autónomos, en términos similares a los incorporados en esta propuesta.

Importante:

  • El sii corrigió el sistema para incluir en la lista de beneficiarios a quienes tenían licencias médicas durante el año 2019 y estaban fuera del servicio. Se considerará que la información de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) incluye a los miles de trabajadores que, con base en su salario pagado, no fueron elegibles para solicitar el bono o préstamo solidario estatal.
  • Excepcionalmente, las personas que reúnan las condiciones y no sean beneficiarios de la Contribución Tributaria o no la soliciten, tendrán derecho a realizar una solicitud de servicio complementario, la cual deberá ser solicitada dentro del primer mes de vigencia de la presente ley. La solicitud de este servicio adicional no contará para la determinación del límite máximo de tres meses.

Consulta el estado de tu solicitud AQUÍ

¿Podrán las personas que están en DICOM acceder al préstamo estatal?

Sí, las personas que se encuentren en DICOM podrán acceder al Préstamo si cumplen las demás condiciones indicadas.

¿Cómo acceder al crédito sin intereses?

El beneficio se puede solicitar mensualmente al Servicio de Rentas Internas, a partir del octavo día de cada mes, por medios electrónicos, indicando la forma o el medio de pago por el cual se elige entre los disponibles y el resto de información que determine dicho Servicio a través de una o más resoluciones.

El Servicio de Impuestos Internos será el encargado de determinar el cumplimiento de las condiciones para el otorgamiento del beneficio y calcular el monto máximo que le corresponde a cada beneficiario. Para estos efectos, la Sociedad Gestora del Fondo de Cesantía deberá comunicar al Servicio de Impuestos Internos la información necesaria para verificar el origen y monto de la asignación, a más tardar el día 5 de cada mes, en relación al último mes. Esta información estará sujeta a lo dispuesto en el artículo 35 del Código General Tributario.

El pago será realizado por Hacienda dentro de los 10 días hábiles siguientes a la solicitud.

Solicítalo a partir del día 8 de cada mes, entre agosto y diciembre de 2020. Si no has accedido a la Contribución Tributaria, excepcionalmente durante el mes de agosto puedes optar por un segundo Préstamo Solidario del Estado si cumples con los requisitos. .

Ingresa AQUÍ para solicitar el préstamo solidario del gobierno

Las sanciones

Las personas que obtengan un beneficio mayor al que les corresponde de acuerdo con esta Ley, según lo determine el Servicio de Rentas Internas, deberán reembolsar dicho exceso en el proceso de declaración anual de la renta de conformidad con el artículo 65 de la ley del impuesto sobre la renta siguiente a dicho determinación. A estos efectos, se aplicarán las reglas de ajuste e interés establecidas en el artículo 53 del Código General Tributario y la sanción prevista en el artículo 97 n ° 11 del mismo Código, en el caso de que se haya obtenido una ventaja mayor por causas imputables al beneficiario.

Las personas que obtengan el beneficio que establece esta ley por simulación o engaño y que, de igual forma, obtengan un beneficio superior al que les corresponde o realicen maniobras para no restituirlo, serán sancionadas con menor aislamiento en su mínimo. a grado medio. La misma sanción se aplicará a quienes proporcionen los medios para cometer tales delitos. Lo anterior, sin perjuicio de la devolución a Hacienda, por intermedio del Servicio de Tesorería, de las sumas indebidamente percibidas, aplicando a estos efectos las reglas de reajuste e interés establecidas en el artículo 53 del Código General Tributario.

Fuente: Ley 21252

Obtenga más información sobre el Plan de protección para la clase media y sus beneficios

Más información sobre: ​​El préstamo solidario de apoyo al sector del transporte

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