Se publica la ley que fija el salario mínimo en $ 337.000

Salario-mínimo-2021

Se publica en el Diario Oficial la ley que readapta el monto de la renta mínima mensual, como las asignaciones familiares, maternas y familiares, y entrega ayudas excepcionales a las familias en el marco del Covid-diecinueve.

El doce de julio de dos mil veintiuno se publicó en el Diario Oficial la ley que fija el nuevo sueldo mínimo en trescientos treinta y siete mil dólares estadounidenses.

Cabe apuntar que la ley asimismo dispuso el establecimiento de un comité técnico que examinará el tema y asimismo estableció la obligación para los empleadores de informar sobre los trabajadores sujetos al beneficio de renta mínima garantizada.

Nuevo ingreso mínimo dos mil veintiuno

A partir del 1 de mayo de 2021, predominará el ingreso mínimo mensual de $ trescientos treinta y siete con cero para trabajadores mayores de dieciocho y hasta sesenta y cinco años, y el ingreso mínimo mensual de $ doscientos cincuenta y uno con trescientos noventa y cuatro para trabajadores menores de dieciocho años y mayores de sesenta y cinco años.

Por otro lado, se establece un Sueldo Mínimo de $ doscientos diecisiete con doscientos veintiseis para fines de impago.

Nuevos tramos de asignaciones familiares y maternas dos mil veintiuno

A partir del 1 de mayo de 2021, las asignaciones familiares y maternas del Sistema Único de Asignaciones Familiares, regulado por decreto de manera fuerte de ley n ° ciento cincuenta, de mil novecientos ochenta y dos, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, van a tener los próximos valores conforme a los próximos encabezados:

  1. $ trece con ochocientos treinta y dos por cargo, para adjudicatarios cuyos ingresos mensuales no superen los $ 353,356.
  2. $ 8,488 por cargo, para beneficiarios cuyos ingresos mensuales superen los $ 353,356 y no superen los $ 516,114.
  3. $ 2,683 por cargo, para beneficiarios cuyos ingresos mensuales superen los $ 516,114 y no superen los $ 804,962.
  4. Las personas que tengan acreditadas o acrediten responsabilidades familiares, cuyos ingresos mensuales sean superiores a $ 804,962, no tendrán derecho a las asignaciones mencionadas en este artículo.

Importe de la asignación familiar 2021

La asignación familiar establecida será de $ 13,832 a partir del 1 de mayo de 2021.

Modificación de la Renta Mínima Garantizada 2021

Para el cálculo del IMG, la Compensación mensual bruta se establece entre $ 308,537 y $ 421,250.

  • Contribución máxima: $ 66,893.
  • Monto sujeto a subsidio: 59.35% de la diferencia entre la remuneración bruta mensual y $ 308.537.

La ley agrega que:

Los empleadores deberán solicitar mensualmente al Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la plataforma que brinda la Subsecretaría de Servicios Sociales, el otorgamiento del beneficio a todos sus trabajadores que tengan derecho a acceder al mismo, verificando los requisitos respectivos a través de la información. declarado por dicho empleador, lo cual podrá contrastarse con los datos señalados en los párrafos tercero y quinto del artículo 7.

Si el empleador tiene dificultades que impidan tal solicitud en tiempo y forma, tendrá la obligación de informar al sindicato o sindicatos constituidos en la empresa y a sus trabajadores en general, sobre el contenido y condiciones de solicitud de la renta mínima garantizada, a través de cartillas para emitir la autorización o información que se publica en lugares visibles de la empresa, entre otros medios. El cumplimiento de esta obligación debe ser informado electrónicamente a la Inspección de Trabajo respectiva. Asimismo, en la medida en que se cumplan las condiciones laborales, el empleador deberá autorizar el acceso a los medios informáticos de la empresa para la respectiva aplicación. El incumplimiento de la obligación de solicitar e informar al sindicato y trabajadores señalados en este artículo será sancionado con multa de 5 a 10 unidades tributarias mensuales en el caso de micro y pequeñas empresas; 20 a 40 unidades tributarias mensuales para medianas empresas; y 30 a 60 unidades tributarias mensuales para grandes empresas.

Condiciones que marca la ley para reajustar el salario mínimo en 2022

A partir del 1 de enero de 2022, el ingreso mínimo mensual para trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años será el monto correspondiente según lo establecido en los siguientes literales:

  1. En el caso de que el crecimiento del indicador mensual de actividad económica, en adelante "IMACEC", corregido por variaciones estacionales, determinado y comunicado por el Banco Central de Chile, correspondiente a noviembre de 2021, aumentara en menos de 3 puntos porcentuales a partir de mayo de 2021 , el monto de ingreso mínimo que se muestra en el título de este artículo será de $ 345,000.
  2. En el caso de que el crecimiento desestacionalizado del IMACEC, determinado y reportado por el Banco Central de Chile, correspondiente a noviembre de 2021, haya aumentado en 3 puntos porcentuales o bien más con respecto a mayo de 2021, el monto de ingreso mínimo indicado en el encabezado de este artículo. equivaldrá a $ 350,000.

Formatear una tabla técnica

Se conformará una mesa técnica, presidida por el Ministerio de Hacienda, encargada de elaborar un estudio de caracterización tanto de los trabajadores afectados por el ingreso mínimo mensual, como de los que perciben salarios iguales o inferiores a la línea de pobreza.

La mesa técnica va a ser convocada especialmente a tal efecto mediante decreto derogatorio del Ministerio de Hacienda adoptado bajo la fórmula "Por decreto del Presidente de la República", y que también será firmado por el Ministro de Trabajo y Previsión Social y el Ministro. de Desarrollo social y familiar. Este decreto también determinará los integrantes de la mesa técnica, entre los que deberán estar representados el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el Ministerio de Desarrollo Social y la Familia; el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; representantes de organizaciones de trabajadores y sindicatos de pequeñas, medianas y grandes empresas; miembros de las Comisiones de Hacienda y Trabajo y Previsión Social del Senado y de las Comisiones de Hacienda y Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, y representantes del mundo académico con reconocida experiencia en el mercado laboral. La composición de la mesa técnica respetará la representatividad de cada grupo, debiendo ser justa en número e igual en género.

Importante: la ley está a la espera de ser promulgada por el ejecutivo.

Descarga el oficio 16.733

Conozca las nuevas cantidades establecidas en esta ley:

  1. Asignación familiar dos mil veintiuno
  2. Asignación familiar dos mil veintiuno
  3. Subvención de Renta Mínima Garantizada dos mil veintiuno

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