Toda la información sobre la Asignación Familiar 2014


Información general Asignación familiar

Importante: “Señor Patrono, las diferencias en Asignaciones Familiares, pertinentes por mes de julio de dos mil trece, van a ser pagadas por el IPS a través de el procedimiento de pago directo a lo largo del mes de noviembre. Cualquier otra modalidad va a ser rechazada por el Instituto.

La Asignación Familiar es una subvención del Estado para los gastos legales de los trabajadores dependientes, retirados y ciertos autónomos.

Beneficiarios

– Trabajadores dependientes del campo público y privado.
– Afiliados independientes de un plan de pensiones desde el 1 de enero de mil novecientos setenta y cuatro.
– Personas adjudicatarias de indemnización por cese o bien incapacidad laboral (baja médica).
– Retirados de cualquier plan.
– Viudos pensionados y madre de hijos extramatrimoniales del trabajador o bien pensionista.
– Instituciones estatales encargadas de los huérfanos.
– Personas con hijos a cargo, por orden judicial.
– Trabajadores con derecho a posibilidades del Fondo Solidario de Cesantía.
– Adjudicatarios del PBS Vetustez o bien Invalidez.

Quienes son los bienes

1. Cónyuge y cónyuge discapacitado, conforme lo determine el reglamento.

2. Hijos biológicos y adoptados, hasta los dieciocho o bien veinticuatro años, solteros, que sean estudiantes regulares de educación secundaria, normal, técnica, especializada o bien superior, en instituciones del Estado o bien reconocidas por este. O bien para pequeños discapacitados de todas y cada una de las edades.

3. Hijastros, esto es, los hijos del otro cónyuge.

4. Nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o bien abandonados por ellos (la prestación se da en exactamente las mismas condiciones que los hijos).

5. Madre viuda. En un caso así, no hay requisito de edad, así sea para el padre del adjudicatario o bien para otro esposo.

6. Progenitores, abuelos o bien otros ancestros ​​mayores de sesenta y cinco años o bien discapacitados de cualquier edad.

7. Pequeños huérfanos o bien abandonados en exactamente las mismas condiciones que los pequeños y también inválidos que se hallen al cargo de instituciones del Estado o bien reconocidos por el Supremo Gobierno.

8. Menores encomendados a una persona física por orden judicial.

Reconocimiento de responsabilidades familiares

El reconocimiento es el proceso a través de el que el adjudicatario consigue la autorización de la asignación familiar respectiva.

– Los trabajadores dependientes deben reconocer el cargo en el IPS o bien Caisse de Compensation des Allocations Familiales si el empleador está afiliado a uno.

– Los trabajadores dependientes del campo público deben autorizar sus cobros con exactamente el mismo empleador.

– Los autónomos con derecho a hacerlo deben autorizarlo frente al IPS.

A donde debo ir

En el hospital IPS más próximo a su domicilio, comprobando en la nómina que el empleador paga el aporte de Fonasa en el IPS. Es esencial que el empleador no esté adscrito a ningún fondo de compensación.

Que documentos necesito presentar

En actividad :

1. Original y copia del contrato de trabajo.

2. Original y copia de la nómina de AFP y también IPS anulada del último mes.

3. Formulario de petición de asignación de 1 familia y jardín de infantes (doscientos seis kb): descargue el formulario, imprímalo y llévelo al Centro de Servicio de IPS
4. Una dos Declaración Jurada de Ingresos Nuevos Adjudicatarios (mil novecientos cincuenta y cinco kB) – Descargue el formulario, imprímalo y tráigalo al centro de servicio de IPS

Jubilados

1. Certificado regular de estudiante para pequeños mayores de dieciocho años.

Formas

Formulario de ingresos para nuevos adjudicatarios (dieciocho,38 kB)
icono Formulario de ingresos para actualización del valor (diecinueve con treinta y ocho kB)
icono Formulario de ingresos del empleado para actualizar el valor (diecinueve con treinta y ocho kB)
icono Formulario de petición de terminación de asignación familiar (cuarenta y ocho con veinticuatro kB)

Donde se factura

Existen diferentes formas de percibir la Asignación Familiar, conforme el género de Beneficiario:

– Trabajadores dependientes: el empleador paga con la remuneración, aun si el trabajador se halla en un periodo de incapacidad laboral.
– Trabajadores por cuenta propia: paga el IPS.
– Jubilados: paga exactamente la misma entidad que paga la pensión.
– Posibilidades por desempleo: se pagan al tiempo que la prestación.

Las cantidades

El monto mensual de la Asignación Familiar depende de los ingresos del beneficiario:

Ver los montos actualizados de las asignaciones familiares y maternas

Para los adjudicatarios cuyos ingresos mensuales superan el límite, no se paga ningún subsidio, mas prosiguen siendo una carga para efectos legales o bien para demandar otros beneficios.

El hecho de que el monto de la asignación familiar sea 0 (cero) no pierde la condición de carga para otros fines, por poner un ejemplo, el sistema de salud, servicios sociales y otros.

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