Acuerdos o bien pólizas de salud para inmigrantes sin permiso de vivienda.
Como anunciamos en nuestro artículo del 22/04/2012, ‘Nuevas reglas de acceso a la asistencia sanitaria en España para inmigrantes y residentes extranjeros’ Desde el 1 de septiembre, los inmigrantes sin permiso de vivienda se hallarán sin cobertura sanitaria, excepto la sanidad asistencia para urgencias.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales y también Igualdad estudia con las comunidades autónomas la presentación de un real decreto para establecer de qué forma se puede atender a los inmigrantes en estas condiciones en el sistema público con una política afín de cobertura sanitaria privada llamada “alianzas”.
El Gobierno de Rajoy en entrevista con el diario El País, determina que el acuerdo para acceder a la asistencia sanitaria pública para un extranjero menor de sesenta y cinco años va a ser de setecientos diez con cuarenta euros anuales (cincuenta y nueve con veinte euros mensuales) y para mayores de sesenta y cinco van a ser 1.864,80 euros (ciento cincuenta y cinco con cuarenta por mes). Esta cantidad se determina conforme el procedimiento oficial de cálculo del costo de las posibilidades sanitarias para los ciudadanos europeos, conforme el Ministerio de Sanidad.
Quienes van a poder acceder a este sistema de acuerdo van a deber tener un año de alta en España y no ser adjudicatarios del sistema sanitario público.
Cabe rememorar acá que el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el proyecto de decreto sobre los asegurados y adjudicatarios del sistema sanitario público de España.
De esta forma regula el estado de los asegurados y determina quiénes son los adjudicatarios de la Asistencia Sanitaria al cargo del Sistema Nacional de Salud. Garantiza la asistencia sanitaria a todos y cada uno de los españoles y extranjeros que radiquen legalmente en España y frena el turismo de salud. A través de el R. D.-ley 16/2012, garantiza la universalidad para todos y cada uno de los españoles del derecho a la asistencia sanitaria pública para todos y cada uno de los españoles de esta manera para los extranjeros que radiquen legalmente en España.
Autónomos o bien autónomos afiliados a la Seguridad Social (alta o bien afín), retirados, los que perciben otra prestación de la Seguridad Social como la prestación por desempleo, los que han agotado sus posibilidades por desempleo y están desempleados y los que no tienen ingresos. sobre cien euros anuales.
También van a tener condición de aseguradas las personas con nacionalidad de España que radiquen en España, los nacionales de algún Estado de la UE, del Espacio Económico Europeo o bien de Suiza inscritos en el Registro de Extranjeros, los nacionales fuera de la UE con autorización de vivienda En España.
Los adjudicatarios van a ser el cónyuge o bien pareja en verdad, o bien el excónyuge o bien separados legalmente por el asegurado, descendientes o bien dependientes menores de veintiseis años o bien más con discapacidad superior al sesenta y cinco%, toda vez que radiquen en España.
El reconocimiento de la condición de asegurado o bien adjudicatario va a ser automático en el caso de los trabajadores por cuenta propia o bien extraña, pensionistas o bien desempleados, para el resto se va a deber presentar una petición que se resolverá en el Instituto Nacional de la Seguridad Social en un plazo de treinta días.
Este proyecto afectará a todos los que no estén asegurados o bien adjudicatarios de la Seguridad Social y se reconoce como tal conforme lo establecido en el parágrafo precedente, como en el caso de inmigrantes sin permiso de vivienda. El Seguro Social estima que hay ciento cincuenta extranjeros ilegales. El acceso a estos convenios es voluntario y no está incluido en las posibilidades, fármacos o bien transporte médico. Se estiman reducciones para personas mayores dependientes o bien discapacitadas, o bien para familias numerosas con más de tres abonados de una misma familia en el acuerdo.