El SAT examina su plan estratégico, realizando un plan operativo; corto plazo y de esta forma ofrece a sus impositores la sencillez de trámites administrativos.
Con la leal convicción, que cada uno de ellos de los que integran esta estructura; y se hallan registrados dado este organismo y cumplen formalmente con sus aportes y obligaciones.
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Condiciones de inscripción al SAT
El (Registro Federal de Impositores), conocido por sus iniciales RFC, es uno de los documentos más esenciales que debe tener en un proceso tributario.
Esto le va a dar la oportunidad; Cumplir con todas y cada una de las obligaciones, lo que implica las leyes relativas al pago de impuestos.
Según tu caso; si está a puntito de ingresar a un nuevo trabajo o bien si termina de empezar su negocio.
Asimismo, si quieres conseguir o bien gestionar tu RFC, y darte de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) registrándote como persona natural o bien servicios profesionales (honorarios), dirígete a las oficinas del SAT.
Para efectuar este paso: debes concertar una cita con anticipación, donde te van a pedir algunos documentos como; Un documento oficial de identidad, un certificado de nacimiento o bien CURP y un certificado de domicilio fiscal.
Una vez hecha tu cita, dirígete al módulo que te señalen, el día y la hora que te señalen. Ahora te señalamos cuáles son los requisitos que debes cumplir:
- Acuse de recibo de haber efectuado la preinscripción frente a la RFC.
- Certificado de domicilio fiscal.
- DNI, con fotografía.
- Acta de nacimiento como copia genuina certificada.
- Si es extranjero, presente su formulario migratorio (FMM;), como una carta de naturalización o bien un documento migratorio válido.
- Lleve consigo una llave USB o bien un disco en blanco, donde va a poder guardar su firma electrónica (FIEL),
¿De qué manera anotarse al SAT?
Primero, vaya al sitio oficial del SAT www.sat.gob.mx con su CURP a mano. Si observa, va a ver una pestañita en la parte superior que afirma «Procedimientos RFC».
Luego de escogerlo te desplegará múltiples opciones, donde debes escoger la que afirma «Obtén tu RFC con CURP», ahí ingresas todos y cada uno de los datos que te solicitan.
Posteriormente, una vez completado este paso, se produce un recibo único que confirma el registro; frente al Registro Federal de Impositores. Presentación de la cédula de identificación fiscal.
Al acudir a la asamblea, un empleado del SAT le entregará múltiples documentos; el que va a ser aprobado por la Segregaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) si es impositor. Los documentos que te entregarán son:
- Prueba con sus datos personales, en vista anterior.
- Cédula de impositor.
- Recibo como prueba de registro RFC.
Después de esperar; En un plazo de treinta días, a fin de que tengas tu firma electrónica FIEL y, por su parte, la clave de acceso FIEL, te entregan tres ficheros, los que son:
- Certificación (CER).
- Tienes acceso a la plataforma SAT (KEY).
- Tienes tu clave de acceso para entrar.
Una vez cumplidos todos y cada uno de los requisitos, con su FIEL puede empezar el proceso de registro con cualquier Distribuidor de Certificación Autorizado (PAC). Y comienza a producir tus facturas electrónicas.
Como sugerencia, debe tenerse en cuenta que si bien maneja el inconveniente y también notifica de forma directa al SAT mismo.
Consulta a un especialista que administra las modificaciones que puedan haber en las leyes tributarias, esto te asegura; Cumplir muy puntualmente y apropiadamente con las obligaciones ante Hacienda, para esto preguntar a un Contador.
Persona fisica
Si ya has decidido iniciar como emprendedor, es esencial que el decreto sobre tu situación fiscal en el SAT vaya de la mano.
Es esencial ser un empresario triunfante, tomarse su trabajo muy de verdad y para eso es imperativo que cumpla con todos y cada uno de los requisitos de la ley. Todo esto te dejará ofrecer y como es natural percibir tu compensación por tu trabajo.
Ya no es quien se encarga de sus actividades comerciales y legales.
Como persona física, te recordamos lo anterior:
- Asegúrese de programar su cita.
- Recuerda traer todos y cada uno de los documentos a la cita, en el día y en la data indicados.
- Mientras que esté allá, le entregarán los documentos, los examinarán y se cerciorarán de que todo esté en orden.
- Con tu FIEL, procesa la clave de acceso para acceder al portal del SAT, lo que haces on-line en http://portalsat.plataforma.sat.sob.mx/CIECinternet/CIECCore.
Persona moral
Este género de registro; Como persona jurídica en el SAT es un tanto más complejo, en comparación con el de una persona física, en tanto que previamente había acudido al SAT como persona jurídica (impositor).
Deberías haber asistido; A fin de que la Escritura de Constitución se cree ante notario, asimismo se consigue un poder general del representante legal para actuar con el patrimonio y / o bien la administración.
Luego te diriges a la oficina del SAT, recuerda ya antes de hacer la preinscripción mediante la página de administración tributaria.
Previamente, para formalizar la preinscripción de Persona Jurídica, debe contar con la próxima información:
- Razón social.
- Detalle de la capital.
- Data de comienzo de las operaciones.
- Nacionalidad.
- Registro de información fiscal o bien domicilio.
- Datos del representante legal: Que se halla anotado en el SAT, al tiempo que presenta el documento protocolario en el que se especifica el representante legal.
- Especifique una o bien más actividades económicas, como un porcentaje de los ingresos.
- Saber de qué forma realizará sus actividades la nueva persona jurídica, por ejemplo: por cuenta propia, asociación o bien fideicomiso.
- De qué forma, va a ser preciso proceder al cálculo del ISR, si se va a hacer por factor útil o bien por acumulación de ingresos.
- Declare si va a tener empleados o bien no.
- Especificas los datos de asociados o bien accionistas (RFC).
¿Qué es el SAT?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT); Es una entidad descentralizada de la Segregaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de México. Su mayor compromiso es que se aplique el código tributario y aduanero.
Esto para personas naturales y jurídicas; efectuar una contribución proporcional y equitativa al gasto público. Ellos asimismo miran; a fin de que todos y cada uno de los impositores cumplan con las prácticas aduaneras y tributarias.
Con todo eso; Tiene como propósito facilitar el compromiso resultante y fomentar su contribución de forma voluntaria; crear y brindar la información precisa para el diseño y evaluación de la administración tributaria.
Se creó el SAT; como entidad descentralizada el quince de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, data de publicación de la Ley del Servicio de la Administración Tributaria, siendo esta última la máxima autoridad en materia tributaria. Más tarde, en el mes de marzo de mil novecientos noventa y seis, se autorizó y registró otra predisposición orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
En sitio de Subsecretaría de Ingresos, el nombre de la Administración General de Auditoría, Desarrollo y Evaluación ha sido alterado por la Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación,
La Dirección General de Política de Ingresos y Temas Fiscales Internacionales ha sido cambiada por la Dirección General de Política de Ingresos; Se crean las direcciones generales de supervisión.
¿Qué ocurre si te registras en el SAT?
Cuando ya hayas superado este trámite, y estés registrado en el SAT (Sistema de Administración Fiscal), ya eres impositor activo, y conforme el género de régimen que hayas elegido; eres digno de distintas obligaciones y derechos que debes cumplir.
Lo primordial es que lo sepas, ser siempre y en toda circunstancia claro y actualizado con cada una de las obligaciones que te atañen, en tanto que si no respetas a la Segregaría de Hacienda y Crédito Público. Esto puede dar sitio a multas, recargos o bien aun inconvenientes legales.
Es bueno señalarlo; que existen 2 géneros de deudas que se pueden producir frente al SAT:
- SALDO FEDERAL: Son todos los que deben ver con el pago de impuestos como: ISR (Impuesto sobre la Renta), Impuesto sobre el Valor Añadido (Impuesto al Valor Agregado) o bien todos los que correspondan a materia aduanera.
- SALDO LOCAL: Estos ciudadanos locales corresponden al pago de impuestos prediales o bien territoriales o bien cargas sociales.
ÉXITO
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