Conoce los requisitos para ser presidente de la República Dominicana

Cada año, las condiciones para ser Presidente de la República son bastante discutidas entre la población. Este es solo uno de los muchos signos de interés que muestran los ciudadanos cuando les llega el turno de elegir un nuevo presidente, ¡y no es de extrañar!

Tanto si quieres iniciar tu campaña como si tienes curiosidad por saber qué se necesita, te mostraremos cuáles son los requisitos para ser presidente de la República Dominicana.

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Requisitos para ser presidente de la República Dominicana

Las condiciones para ser presidente de la República Dominicana Los ciudadanos deben cumplir con estas condiciones:

  • Ser ciudadano dominicano por nacimiento u origen.
  • Ser mayor de 30 años.
  • Poseer el pleno ejercicio de todos los derechos civiles y políticos dentro de la República.
  • No estar activo en el servicio militar o policial en los tres años anteriores a la elección.

¿Cómo se elige al presidente en República Dominicana?

La Constitución Nacional determina al Presidente de la República Dominicana como Jefe de Estado, la máxima representación del poder ejecutivo en el país.

Por lo tanto, el Presidente de la República Dominicana es elegido de conformidad con las disposiciones de la ley y / o la Constitución, de acuerdo con las Condiciones para ser Presidente de la República antes mencionadas.

presidente

La República Dominicana es un país que opera bajo una democracia representativa. Esto significa que el evento del sufragio nacional se lleva a cabo sobre la base de un sistema multipartidista. El proceso debe realizarse cada cuatro años, mediante el voto directo de los ciudadanos. Es habitual que las elecciones se fijen para el 16 de mayo, aunque la fecha está sujeta a cambios si ese día no coincide con el domingo de los días siguientes.

Una vez elegido por un período, el Presidente de la República Dominicana no puede ser elegido para el período constitucional inmediatamente posterior al primero.

Todas las elecciones que se realizan en el país son únicas, secretas y universales. De esta forma, se asegura que los intereses de la población priman sobre cualquier interés privado, garantizando la seguridad y el orden público.

Sus deberes ?

Las funciones atribuidas al Presidente de la República Dominicana se encuentran en el Título IV, Capítulo I, Sección II de la Constitución de la República Dominicana. Así, se le atribuyen estas facultades y responsabilidades al asumir el título de Presidente de la República:

  1. Presidir los actos solemnes de la Nación.
  2. Elija o elimine miembros de organizaciones militares y policiales de todo el país.
  3. Promulgar y exponer las resoluciones del Congreso Nacional, consultar los decretos, reglamentos e instrucciones que sean necesarios.
  4. Asegúrese de que se sigan estas resoluciones.
  5. Firmar convenciones y tratados internacionales luego de la aprobación del Congreso Nacional. Si no se obtiene la autorización de esta entidad, no tendrán validez para la República.
  6. Disponer de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en su poder o en la del ministerio correspondiente para fines de servicio público.
  7. Tomar prevenciones, medidas y decisiones fundamentales para garantizar y ejercer la autodefensa de los ciudadanos. Esto es especialmente importante cuando hay un ataque armado (incluso si es inminente) por parte de naciones o potencias externas.
  8. Informar al Congreso Nacional de las medidas adoptadas para la seguridad de la nación y solicitar la declaración del estado de defensa en caso de ser necesario.
  9. Adopte medidas policiales y de seguridad temporales si lo molestan o lo amenazan:
    1. Seguridad y orden público.
    2. El buen funcionamiento de los servicios públicos.
    3. El desarrollo de actividades económicas.
    4. El uso de recursos públicos.
  10. Hágase cargo de cualquier área aérea, fluvial, marítima, terrestre, militar y policial cuando le convenga a la seguridad nacional. Estas acciones deben llevarse a cabo sobre la base de estudios realizados por los ministerios y sus administraciones.
  11. Emitir los indultos correspondientes al 23 de diciembre, 16 de agosto y 27 de febrero de cada año, según lo establezcan las leyes y los convenios internacionales.
  12. Buscar la detención o expulsión de los ciudadanos extranjeros que hayan cometido o puedan cometer actos que atenten contra el orden público o la seguridad nacional.
  13. Prohibir, de ser necesario y a favor de los intereses de la población, el ingreso de ciertos extranjeros al territorio dominicano.
  14. Nombrar y aceptar las renuncias de los ministros, viceministros y funcionarios públicos a quienes corresponda su designación por el titular del Poder Ejecutivo.
  15. Determinar y aceptar las renuncias de jefes y representantes de instituciones estatales descentralizadas y autónomas.
  16. Aceptar cambios en la residencia oficial de dichos oficiales cuando se considere necesario.
  17. Buscar la recaudación adecuada de la renta nacional, así como su óptima inversión a favor de los intereses de la población.
  18. Realizar la presentación anual de escritos departamentales e informar sobre toda la administración del año anterior el 27 de febrero. En esta fecha inicia su primera legislatura ordinaria.
  19. Solicitar al Congreso Nacional el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el año siguiente. Su recepción será formal y puntual si se realiza a más tardar el 1 de octubre de cada año.
  20. Nombrar a todos los embajadores de la República, junto con el Senado.
  21. Determinar todos los jefes de misiones permanentes de la República ante organismos internacionales, junto con el Senado.
  22. Nombrar, destituir y aceptar renuncias del cuerpo diplomático, de acuerdo con la Ley del Servicio Exterior.
  23. Ser el jefe de todas las negociaciones diplomáticas y recibir personalmente a los representantes designados por los jefes de estado extranjeros, así como a ellos mismos.
  24. Otorgar o evitar la autorización a ciudadanos dominicanos para representar cargos o funciones públicas de organismos internacionales o gobiernos en el territorio nacional.
  25. Dar o evitar el permiso para que los ciudadanos dominicanos usen condecoraciones o títulos otorgados por jefes de estado extranjeros.
  26. Autorizar o impedir que los ayuntamientos vendan inmuebles, así como su derecho a acreditar o no los contratos celebrados. Esto se aplicará exclusivamente a las propiedades utilizadas como garantía, ya sea para alquileres inmobiliarios o municipales.
  27. El resto de atribuciones determinadas en la Constitución y las leyes de la República.

Presidentes de republica dominicana

presidente de la Republica

Los orígenes del cargo de presidente en República Dominicana aparecen después de su guerra de independencia. La primera organización que tomó el control del país fue la Junta Central Gubernativa, que buscaba mantener a la población bajo una política independiente y republicana.

En principio, el JCG se encargó de abordar a los dominicanos en la guerra contra la invasión haitiana. Al final de este proceso, la Junta se constituyó como gobierno provisional, con el fin de implementar el aparato de gobierno, la independencia de potencias extranjeras, el orden del territorio recién liberado y los impuestos de recaudación que se gastarían en la creación del nuevo estado. .

Luego de los ocho meses de su gobierno (de febrero a noviembre de 1844), se estableció el primer presidente de la República Dominicana: el general Pedro Santana. El presidente formaba parte de una de las facciones que discutían la dominación del gobierno: los trinitarios o los liberales.

votar

Desde el mandato de Pedro Santana hace casi dos siglos, la República Dominicana independiente ha tenido cincuenta y tres presidentes en total, repartidos en sesenta y seis mandatos. Este número de presidentes incluye a los presidentes provisionales o interinos y los elegidos constitucionalmente, incluidas las presidencias en manos de comisiones militares, triunviratos o consejos de estado.

Si desea conocer la cronología exacta de los presidentes de República Dominicana, puede hacer clic aquí.

preguntas frecuentes

A continuación, nos daremos la tarea de resolver algunas preguntas frecuentes que generalmente aparecen en torno al tema de los requisitos para ser presidente de República Dominicana.

¿Cómo se realiza la toma de posesión del Presidente de la República?

Una vez elegido el Presidente sobre la base de las elecciones generales, deberá prestar juramento el 16 de agosto posterior a la celebración de las elecciones. Este día designa el plazo en el que las autoridades salientes ejercen su función.

¿Cuál es el juramento que debe prestar el Presidente de la República?

El juramento que corresponde al rezo tanto del Presidente como del Vicepresidente de la República es el siguiente:

«Juro ante Dios y el pueblo, por la patria y por mi honor, respetar y hacer respetar la Constitución y las leyes de la República, proteger y defender su independencia, respetar los derechos y libertades de los ciudadanos y respetar fielmente a los deberes de mi cargo ”.

¿Qué excepciones pueden impedir que el presidente preste juramento y qué sucede en tales casos?

Hay dos excepciones importantes en estos casos:

  • Cuando el presidente esté fuera del país, enfermo o por cualquier otra causa que le impida prestar juramento.
  • Cuando el presidente electo comete una falta y no presta juramento, falta reconocida por la Asamblea Nacional.

En cualquiera de los dos cargos, el funcionario será reemplazado por el vicepresidente electo de República Dominicana. Y si el vicepresidente no pudiera asumir el cargo, la responsabilidad recaería en el presidente de la Corte Suprema de Justicia. Todo esto se llevará a cabo en forma de gobierno interino.

¿A quién debe pedir el presidente permiso para salir de la República?

Se autoriza plenamente cualquier viaje al exterior que realice el Presidente de la República y que tenga una duración inferior a quince días. Sin embargo, los viajes que duren más de este período deben ser previamente autorizados por el Congreso Nacional.

Si lo desea, ¿puede el Presidente de la República renunciar a su cargo?

¡Es así! Si el Presidente de la República desea renunciar a sus funciones, deberá presentar su renuncia expresa a la Asamblea Nacional, que decidirá a la mayor brevedad.

Video

Para despedirnos, os dejamos con este vídeo que os ayudará a repasar todo lo que hemos dicho sobre los requisitos para ser Presidente de República Dominicana.

El Presidente de la República es el principal representante de las decisiones y orientaciones en las que los ciudadanos desean orientar su futuro. Y por eso es tan importante que esta persona cumpla con ciertos estándares.

En caso de que desees asumir esta gran responsabilidad, te invitamos a que nos digas si cumples con todas las condiciones para ser Presidente de la República Dominicana que aquí te explicamos.

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